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Cancilleria de Colombia

Misión Permanente de Colombia ante la ONU en Nueva York

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Periodo de Sesiones 68

(Nueva York, 13 de diciembre de 2013)

Intervención de S.E. Miguel Camilo Ruiz Blanco, Embajador, Representante Permanente Alterno de Colombia ante las Naciones Unidas, sobre la aprobación del Proyecto de Resolución A/68/L.25, Fortalecimiento de la Coordinación de la Asistencia Humanitaria de Emergencia que Prestan las Naciones Unidas

 

 

Señor Presidente,

Damos la bienvenida en el día de hoy a la Aprobación del Proyecto de Resolución A/68/L.25 sobre el Fortalecimiento de la Coordinación de la Asistencia Humanitaria de Emergencia que Prestan las Naciones Unidas.

Colombia reconoce el valor del papel que tiene la asistencia humanitaria en casos de emergencia y el amplio espectro que la acompaña.

Como pocos países en el mundo, los retos que Colombia ha enfrentado a lo largo de más de cuarenta años de conflicto, así como en diferentes catástrofes naturales, nos han enseñado múltiples lecciones que, a pesar de haber sido obtenidas luego de duras y complejas circunstancias, nos permiten enfrentar con ojos de optimismo la construcción de nuestra sociedad en un entorno de paz y seguridad.

Del mismo modo, han dejado un acervo de experiencias que nos dan la autoridad suficiente para abordar con seriedad y firme convencimiento la importancia de la temática contenida en la presente resolución que se adopta por consenso en el día de hoy en esta Asamblea General.

Sin duda, el consenso es un elemento fundamental dentro de la legitimidad que requiere una resolución de este tipo que apunta al corazón de la razón de ser de los Estados: los seres humanos a los cuales se deben.

La posición de Colombia está enmarcada en el convencimiento de que la asistencia humanitaria internacional se debe prestar con sujeción a los principios humanitarios (humanidad, neutralidad, imparcialidad) y con respeto al papel primario que el Estado afectado debe ejercer en la iniciación, organización, coordinación e implementación de la asistencia humanitaria en su territorio. Esperamos que en el futuro ello quede explícitamente reflejado en el texto de la resolución.

La asistencia humanitaria ofrecida por las organizaciones de las Naciones Unidas, países y otros actores, debe proporcionarse con el consentimiento, y en principio, sobre la base de una petición del Estado afectado.

En ese sentido, es importante que la cooperación internacional no sólo reconozca la institucionalidad local y nacional con la que cada Estado cuenta para hacer frente a las situaciones de desastre o conflicto, sino que además apoye el fortalecimiento de los mecanismos de coordinación del nivel nacional y local en materia de prestación de la asistencia humanitaria.

Esta coordinación, así como el involucramiento de los conocimientos y las experiencias de los actores locales y nacionales en las estrategias o acciones de respuesta humanitaria internacional, contribuyen a fortalecer las capacidades del Estado afectado, identificar buenas prácticas y lecciones aprendidas, así como a construir relaciones de confianza y complementariedad entre los actores humanitarios internacionales y las entidades del gobierno.

Tales acciones, se traducen en una mejor respuesta, atención y cobertura de forma eficiente y sin duplicación de esfuerzos.

Frente a temas de acceso humanitario, es necesario reiterar que el acceso de personal humanitario y del suministro de ayuda está sujeto a una petición del Estado afectado, tal y como lo contempla la Resolución 46/182 de 1991 de la Asamblea General.

El acceso ilimitado no garantiza una eficaz prestación de la ayuda humanitaria y mucho menos, si la misma no es coordinada con el Estado, el cual es el responsable de priorizar y establecer los criterios de atención dentro de su territorio, de acuerdo con las particularidades geográficas, culturales, sociales y demográficas, entre otras.

Colombia desea reiterar que los mecanismos de coordinación de los Estados no deben ser considerados como un último recurso, sino como la primera opción. Frente a este tema, el país reconoce que en el marco de la reforma del Sistema de Naciones Unidas y en las acciones orientadas a fortalecer la coherencia, es importante que el Sistema establezca mecanismos de coordinación inter-agencial que permitan potencializar las capacidades técnicas, humanas y financieras que cada agencia puede poner a disposición para responder a un desastre.

Sin embargo, es clave que este proceso sea consecuente y se articule con los planes, programas, estrategias y mecanismos nacionales de prevención y atención humanitaria.

Igualmente, considera que la prestación de asistencia humanitaria debe darse bajo una perspectiva integral, entendiendo que dicha asistencia debe contribuir al diseño e implementación de un proceso que sirva para reconstruir el tejido social y económico de las poblaciones afectadas, al tiempo que contribuya con el desarrollo de estructuras sostenibles después de las emergencias.

Es importante que haya una transición de la respuesta de emergencia al desarrollo, tomando en cuenta el proceso de rehabilitación y en especial el de reconstrucción, como una fase crucial que además de evitar el asistencialismo, provee capacidades y nuevos medios de vida.

Adicionalmente, es importante que como característica fundamental de la prestación de la asistencia humanitaria, se incorpore y fortalezca el enfoque de derechos y de atención diferencial.

Muchas gracias.