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Cancilleria de Colombia

Misión Permanente de Colombia ante la ONU en Nueva York

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(Nueva York, 31 de octubre de 2013)

Intervención de S.E. Embajador Miguel Camilo Ruíz Blanco, Representante Permanente Alterno de Colombia ante las Naciones Unidas, Introducción – Proyecto de resolución A/C.3/68/L.21, "Acción preventiva y lucha contra las prácticas corruptas y la transferencia del producto de la corrupción, y medidas para facilitar la recuperación de activos y la restitución de esos activos a sus legítimos propietarios, en particular a países de origen, de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción", Tema 108 de la agenda "Prevención del delito y justicia penal"

 

 

Señor Presidente,

Es para mi un honor introducir el proyecto de resolución titulado "Acción preventiva y lucha contra las prácticas corruptas y la transferencia de activos de origen ilícito y repatriación de esos activos, en particular a los países de origen, de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción" , dentro del tema 108 de la agenda: "Prevención del delito y justicia penal".

Para Colombia, la prevención y lucha contra la corrupción son ejes centrales de la agenda de Buen Gobierno y reconocemos que la corrupción tiene un impacto negativo en las condiciones de vida de la población, en la legitimidad de las instituciones y en su adecuado funcionamiento.

Mi país es uno de los 168 Estados parte en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC) adoptada en 2003, presidió las negociaciones que condujeron a su adopción, ha sido un Estado abanderado en su implementación y participó en el proyecto piloto del Mecanismo de Evaluación y Seguimiento.

Señor Presidente,

El proyecto de resolución que mi delegación introduce hoy desarrolla los acuerdos alcanzados con anterioridad por la Asamblea General frente a este tema.

El alcance y objetivo del presente texto se enmarcan en las discusiones y acuerdos que permitieron la adopción de la resolución 65/169 por parte de la Asamblea General, mediante la cual se decidió continuar la discusión de este asunto en la Tercera Comisión bajo el tema "Prevención del delito y justicia penal".

Colombia ha considerado esencial conservar y respetar el enfoque de esta resolución, respecto a la recuperación de los activos producto de la corrupción y su restitución a los legítimos propietarios, es decir, continuar privilegiando el desarrollo de las disposiciones contenidas en el Capítulo V de la Convención, tanto para la prevención y detección de transferencias, como para su recuperación y restitución a través de la cooperación internacional.

Si bien desde la entrada en vigor de la Convención en 2005, se han dado avances importantes hacia la implementación de dicho Capítulo, se estima que sólo un porcentaje muy bajo de los fondos de origen ilícito que salen anualmente de países en desarrollo son repatriados a los países de origen.

Los Estados requeridos tanto como los requirentes no han logrado superar las dificultades técnicas y legales para detectar la transferencia de recursos procedentes de la corrupción y facilitar su recuperación.

Con este propósito, en el texto de la resolución se exhorta a los Estados parte en la Convención a que cooperen y se presten la más amplia asistencia en la identificación de activos robados y producto de la corrupción y, a que examinen oportunamente las solicitudes internacionales de asistencia judicial recíproca relacionadas con cuestiones penales, civiles y administrativas.

Reconociendo que la repatriación de activos es uno de los principales objetivos y un principio fundamental de la Convención, las decisiones de la Conferencia de los Estados Parte (COPs) y más recientemente, las actividades y recomendaciones del Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre Recuperación de Activos, han estado encaminadas a mejorar la capacidad de los Estados para responder y emitir solicitudes de asistencia. En este sentido, el proyecto de resolución busca impulsar la implementación de las decisiones de la Conferencia, y la aplicación de la Convención.

Otro elemento debidamente recogido en el párrafo operativo 24 es la provisión de asistencia técnica para apoyar las actividades nacionales de fortalecimiento de las capacidades institucionales y del recurso humano, destinadas a prevenir y combatir las prácticas corruptas y la transferencia de activos de origen ilícito, así como a recuperar los activos.

Señor Presidente,

El impacto negativo que la corrupción, la transferencia y la no repatriación de los fondos procedentes de la corrupción tienen sobre el desarrollo de los Estados afectados exige que redoblemos nuestros esfuerzos para lograr su retorno a los países de origen en beneficio de las sociedades afectadas.

La lucha contra la corrupción y sus nefastas consecuencias es un objetivo compartido por todos los Estados miembros de la Organización, lo cual facilitará la adopción de este proyecto de resolución por consenso. Con este fin, mi delegación tiene el firme propósito de conducir las consultas sobre este proyecto de manera constructiva, abierta, participativa y transparente.

Invitamos a los Estados miembros a copatrocinar este proyecto de resolución.

Muchas gracias.