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Debate Abierto Sobre La Justicia y el Estado de Derecho

 

(Nueva York, 19 de enero de 2012)

 

Intervención de S.E. Embajador Néstor Osorio, Representante Permanente de Colombia

 

Señor Presidente,

Gracias por organizar este debate abierto sobre un tema de la mayor importancia para todos los Estados miembros, como es el de la justicia y el estado de derecho. Mi reconocimiento también al Secretario General por su informe relativo a la forma como esta temática se debe aplicar en las sociedades que sufren o han sufrido conflictos.

Colombia asigna gran transcendencia al mantenimiento y fortalecimiento de las instituciones, así como a la eficiencia y eficacia en la administración de justicia.

En Colombia los instrumentos internacionales que versan sobre los derechos humanos y derecho internacional humanitario forman parte del "bloque de constitucionalidad", que se integra con fuerza normativa a los preceptos constitucionales y tiene rango superior frente al ordenamiento jurídico interno. En la aplicación de esta normatividad actuamos convencidos de los principios que la inspiran.

En el informe del Secretario General se reconocen diversas iniciativas puestas en marcha por el Gobierno de Colombia, particularmente lo que se refiere a reparación, reforma judicial y coordinación con el equipo de Naciones Unidas. Estas acciones son testimonio de nuestro compromiso en este campo.

Agradecemos el interés que se ha mostrado en el desarrollo y aplicación de medidas puestas en marcha por el Gobierno de Colombia orientadas a garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.

Es el caso de la ley 975 de 2005, que se llama la "Ley de Justicia y Paz", por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, o de la más reciente Ley 1448 de 2011, que se denomina "Ley de víctimas y restitución de tierras", por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno.

Estas disposiciones constituyen un punto de referencia para el análisis del fortalecimiento del Estado de Derecho en un contexto similar al colombiano.

Damos la bienvenida al respaldo que las Naciones Unidas puedan brindar al fortalecimiento del Estado de Derecho y en particular a los aportes que en este campo puede efectuar el Consejo de Seguridad en las situaciones que se encuentran en su agenda y dentro del ámbito de su competencia.

Conocemos el arduo y lento sendero que conduce a la plena aplicación del Estado de Derecho. Estamos empeñados en recorrerlo y alcanzar el bienestar y la prosperidad para todos nuestros ciudadanos.

En el empeño de fortalecer la confianza en las instituciones hemos concebido programas especiales como la "Urna de Cristal", un recurso informático adoptado por el Gobierno Nacional para permitir el control y participación directa de los ciudadanos en las actuaciones gubernamentales.

De igual manera, existen los encuentros que se llaman "Acuerdos para la Prosperidad", que con una periodicidad semanal se realizan en diversos puntos del territorio nacional, con participación del Presidente de la República y de sus ministros, o la creación de la Alta Consejería Presidencial para el Buen Gobierno y la Eficiencia Administrativa. Estas son oportunidades inmejorables para la interacción directa de los gobernantes con la población y una apreciación clara de las necesidades inmediatas de esta última.

Conocemos también las responsabilidades que implica una correcta administración de justicia. La Ley 1395 de 2010, por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial, busca hacer de la función judicial una herramienta más eficaz, que permita una pronta y cumplida administración de justicia para todos los ciudadanos. Colombia quiere subrayar la importancia de que en el análisis de estas situaciones se adopte una perspectiva que tenga en cuenta las características particulares de cada situación, incluyendo la existencia de tradiciones y fundamentos jurídicos diversos, así como problemáticas de origen disímil, a fin de evitar conceptualizaciones o generalizaciones que pueden no adaptarse a la realidad en el terreno.

Deseamos insistir en la importancia de que las Naciones Unidas, y en particular el Consejo de Seguridad, privilegie una perspectiva de cooperación con los Estados en relación con el fortalecimiento de las diversas áreas susceptibles de mejora bajo el ámbito del Estado de Derecho. Para ello, es preciso profundizar los puentes de comunicación entre la Asamblea General, el ECOSOC y el Consejo de Seguridad.

La credibilidad en la adopción de medidas por parte del Consejo de Seguridad descansa en la efectividad de las mismas en el restablecimiento de la paz y seguridad internacionales.

Frente a asuntos complejos y de carácter multidimensional, como el restablecimiento del Estado de Derecho, el fortalecimiento del sistema de justicia, el fomento de la equidad de género o la protección de la niñez, se requieren intervenciones que garanticen la sostenibilidad y efectividad en el largo plazo de las mismas.

Para terminar, señor Presidente, quisiera señalar que las acciones de las Naciones Unidas en este campo funcionan mejor cuando complementan los esfuerzos del Estado. Resultaría difícil entender que decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad en el marco abstracto de temáticas de aplicación general se apliquen en situaciones particulares, en contra del rumbo establecido por las autoridades legítimamente constituidas para la consolidación del Estado de Derecho.

Muchas gracias.