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Debate Abierto sobre Niños y Conflicto Armado

 

(Nueva York, 19 de septiembre 2012)

 

Intervención de S.E. Embajador Néstor Osorio, Representante Permanente de Colombia

 

Señor Presidente,

En primer lugar, permítame agradecerle a usted y a su equipo por la organización de este importante debate y la preparación de la nota conceptual con base en la cual se adelantó la negociación de la resolución que hemos adoptado en el día de hoy.

Agradezco al Secretario General por la presentación de su informe anual sobre el tema de los Niños y los Conflictos Armados y agradezco así mismo las presentaciones hechas en el día de hoy ante el Consejo por parte de la señora LEILA ZERROUGUI, Representante Especial del Secretario General para los Niños y los Conflictos Armados; el señor HERVÉ LADSOUS, Secretario General Adjunto para Operaciones de Mantenimiento de la Paz y el señor ANTHONY LAKE, Director Ejecutivo de UNICEF. Apreciamos también la participación en el debate del Presidente de la organización Centro Internacional para la Justicia de Transición, señor DAVID TOLBERT.

Quiero dar un especial saludo de bienvenida a la señora ZERROUGI, nueva Representante Especial del Secretario General para este tema y asegurarle la disposición y compromiso de mi Gobierno en trabajar en forma mancomunada con su oficina para incrementar la protección de los niños afectados por los conflictos armados en diversas regiones del mundo.

En relación con el debate que hoy nos congrega, mi delegación quiere llamar la atención sobre el acervo de normas existente en materia de protección de los niños en los conflictos armados. Por ello, es preciso examinar como ha funcionado la implementación de las mismas antes de agregar nuevos instrumentos.

Es importante tener siempre presente que en la consideración de un tema como el que nos ocupa el Consejo debe evaluar las situaciones y concentrarse en aquellas donde existen conflictos armados que efectivamente amenazan la paz y la seguridad internacionales y establecer claras distinciones con aquellas situaciones que no están en su agenda. Cada caso debe ser analizado individualmente y se deben buscar las respuestas adecuadas a las circunstancias y contextos específicos de cada situación.

Así mismo, considero importante destacar que en la consideración de esta temática el Consejo y las demás instancias de la Organización deben ceñirse estrictamente al mandato acordado, el cual está formulado en términos absolutamente claros: debemos ocuparnos de la protección de los niños en los conflictos armados, lo cual excluye cualquier situación que no califique como uno de tales conflictos.

Cuando el Consejo decidió que los informes del Secretario General deberían incluir un segundo anexo referido a situaciones que no están incluidas en su agenda bajo el título "otras situaciones" ("other situations of concern") claramente lo hizo en el entendido de que se trataría en todos los casos de partes en un conflicto armado, tal como lo determinan las normas aplicables del derecho internacional.

Cuando se trata de la protección de los niños en situaciones diferentes de los conflictos armados existen otras instancias dentro del Sistema de las Naciones Unidas.

De otro lado, para mejorar la consideración de la temática de los niños y los conflictos armados por el Consejo convendría fortalecer de las capacidades nacionales para la protección de los niños y niñas. La denuncia y señalamiento pueden ser herramientas útiles pero no definitivas. En este sentido, tanto el Consejo de Seguridad como su Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados deberían evaluar la eficiencia de los mecanismos existentes en su contribución al fortalecimiento de las capacidades nacionales de los Estados. Esto ha sido una preocupación central del Gobierno de Colombia, para el cual la defensa de los niños no es solo un mandato constitucional inobjetable sino un imperativo ético y moral de toda civilización

A este respecto, Colombia estableció una Comisión Intersectorial con ese fin, que desarrolla su labor guiada por un documento elaborado por el Consejo de Política Económica y Social (CONPES). Las entidades del Estado con responsabilidades en este tema trabajan en armonía para llegar con una política integral de prevención del reclutamiento y otras violaciones contra los niños, a todo el territorio nacional, con especial énfasis en regiones y localidades en las que se detectan los mayores retos en este campo.

Quisiera destacar programas como "Mis Derechos Primero" y el Plan Integral de Prevención, que buscan brindar a los niños oportunidades para su pleno desarrollo y utilización del tiempo libre por medio de actividades lúdicas y deportivas.

Teniendo en cuenta el contexto del presente debate, debemos señalar que las sanciones solo tienen sentido cuando un gobierno no atiende los llamados de la comunidad internacional, pero su aplicación a actores armados no estatales en situaciones que no están en la agenda del Consejo presenta complicaciones de diversa índole, comenzando por el hecho de que es evidente que podrían afectar intereses fundamentales del país de que se trate, así como asuntos de seguridad nacional.

En el mismo sentido, el mecanismo de las sanciones focalizadas es aplicable únicamente en aquellas situaciones que figuran en la agenda del Consejo de Seguridad y con respecto a las cuales este órgano ha hecho una determinación con arreglo al Artículo 39 de la Carta, en el sentido de que constituyen una amenaza a la paz y la seguridad internacionales. Por lo tanto, la disposición del Consejo a adoptar este tipo de medidas con respecto a los autores persistentes no puede entenderse como aplicable en las situaciones que figuran en el Anexo II del Informe Anual del Secretario General.

Para concluir, pensamos que en el tema de la protección de los niños en los conflictos armados es necesario mejorar la interlocución y consulta permanentes entre el Sistema de las Naciones Unidas y los gobiernos, quienes tienen la responsabilidad primaria en este campo.

Muchas gracias.